Junta de Gobierno

Es el órgano principal para la toma de decisiones sobre las atribuciones señaladas en los incisos I, II, III, V y VI del artículo 7 de la Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal. Las resoluciones que emita serán obligatorias para las autoridades y Entidades Públicas del Distrito Federal vinculadas por esta Ley, cuya intervención sea necesaria para satisfacer las medidas previstas en dicha Ley.

Calendario anual de sesiones de la Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno es el órgano principal para la toma de decisiones sobre las atribuciones del MPI CDMX, mismas que buscan establecer vínculos de colaboración con organismos públicos, privados y sociales que garanticen el derecho a defender derechos humanos y el derecho a la libertad de expresión. Las resoluciones que emita serán obligatorias para las autoridades y Entidades Públicas cuya intervención sea necesaria para satisfacer las medidas previstas en la Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal.

Para garantizar la articulación y acciones efectivas en beneficio de la atención integral a personas defensoras de derechos humanos y periodistas de la ciudad, se estableció el calendario anual de sesiones de la Junta de Gobierno.

Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2019

22 de marzo - Realizada

21 de junio - Realizada

20 de septiembre - Diferida a la cuarta sesión

16 de diciembre - Realizada

Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2019

31 de mayo - Realizada






Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2020

20 de marzo - Realizada

30 de junio - Realizada

22 de septiembre - Realizada

18 de diciembre - Realizada

Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2020

21 de febrero - Realizada


Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2021

30 de marzo - Realizada

11 de junio - Realizada

30 de septiembre - Realizada

17 de diciembre - Realizada


Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2021

11 de febrero - Realizada



Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2022

18 de marzo - Realizada

17 de junio - Realizada

23 de septiembre - Realizada

16 de diciembre - Realizada

Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2022

18 de febrero - Realizada


Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2023

10 de marzo - Realizada

23 de junio - Realizada

22 de septiembre - Realizada

15 de diciembre - Realizada

Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2023

10 de febrero - Realizada


Sesiones Ordinarias de Junta de Gobierno 2024

04 de abril - Realizada


Sesiones extraordinarias de Junta de Gobierno 2024

08 de febrero - Realizada

De acuerdo al artículo 10 de la Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal, la Junta de Gobierno estará integrada por las personas titulares de las siguientes dependencias:

I. Secretaría de Gobierno del Distrito Federal

II. Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

III. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

IV. Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo del Distrito Federal

V. Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal

VI. Secretaría de Salud del Distrito Federal

VII. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal

VIII. Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

IX. Contraloría General del Distrito Federal

X. Dos personas representantes de la Sociedad Civil integrantes del Consejo Consultivo; una persona vinculada con la libertad de expresión, una persona periodista, una persona con el derecho a defender derechos humanos, una persona vinculada con la libertad de expresión o periodistas. Las y los titulares integrantes de la Junta de Gobierno, podrán nombrar como suplentes a personas con cargo mínimo de Director o Directora General o su homólogo. La Junta de Gobierno estará integrada por personas titulares y suplentes, quienes podrán suplir las ausencias de la propietaria. La Junta de Gobierno será presidida por la persona titular o suplente de la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal. En los casos en que ésta no pueda asistir a las sesiones, los miembros presentes designarán a una persona sustituta para efectos solamente de esa reunión.


Artículo 11.- La Junta de Gobierno contará con la presencia de una persona representante de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de una persona representante del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en calidad de invitadas permanentes; una persona representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México en calidad de observadora permanente; e invitadas e invitados especiales en las reuniones en las que se considere pertinente contar con una perspectiva temática en particular; todas con derecho de voz solamente. Adicionalmente participará la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal como invitado en calidad de institución consultiva, con derecho a voz.


Artículo 12.- Las sesiones de este órgano se llevarán ordinariamente, trimestralmente hasta agotar todos los temas programados en cada sesión y deberá contar con un quórum de la mitad más uno de sus integrantes. Esto no priva que se puedan celebrar sesiones extraordinarias cuando algún asunto así lo requiera. La decisión sobre sesionar de manera extraordinaria será tomada por la Junta de Gobierno o bien por el titular de la Secretaría de Gobierno. El responsable de convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Gobierno es el titular de la Secretaría de Gobierno. Para la adopción de acuerdos en la Junta de Gobierno se privilegiará el consenso y deberán ser tomados mediante un proceso deliberativo y transparente. En caso de que esto no sea posible, para la adopción de acuerdos será por mayoría de votos, teniendo la presidencia voto de calidad en caso de empate.


Artículo 13.- Las facultades de la Junta de Gobierno, además de las atribuciones a que se refiere el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, son las siguientes:

I. Facilitar la coordinación, a través de la Dirección, entre las autoridades competentes, según corresponda, así como con personas y organizaciones sociales y privadas que se relacionen con los objetivos del Mecanismo. En el caso de ausencia de convenio con autoridades federales u otras entidades no priva que la Junta de Gobierno pueda coordinar acciones de manera directa con las autoridades responsables de implementación de medidas.

II. Coordinar acciones de apoyo con la Dirección para cumplir con sus facultades.

III. Emitir, aprobar y en su caso proponer modificaciones en sus lineamientos internos de operación, siempre apegándose a mínimos que no pongan obstáculos para su funcionamiento y adopción de las medidas preventivas y protección, su modificación, especificaciones o revocación. Ninguna modificación operativa podrá ser motivo para el incumplimiento de funciones u otorgamiento de medidas y cuando así se haya determinado, actuando siempre del modo más favorable a la persona.

IV. Solicitar a la Dirección la elaboración de sus informes de actividades, planes de trabajo y el informe sobre el ejercicio presupuestal.

V. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de egresos del Mecanismo.

VI. Aprobar el plan de trabajo del Mecanismo.

VII. Analizar y, en su caso aprobar, los informes periódicos y estados financieros que presente la Dirección.

VIII. Validar la elección de las personas que establece la fracción X del artículo 10 del presente ordenamiento.

IX. Las demás que se otorguen por acuerdo del Jefe de Gobierno o por los ordenamientos aplicables.


Artículo 14.- La Junta de Gobierno deberá funcionar de acuerdo a los siguientes criterios:

I. Deberá de colaborar con la Dirección, a través de disposiciones y lineamientos claros que establezcan la manera de comunicarse permanentemente.

II. Comunicación de manera segura y confidencial en todos sus casos presentados al Mecanismo, de acuerdo a sus lineamientos de operación.

III. Las decisiones se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes, procurando lograr el consenso de las y los integrantes del mismo.

Integrantes de la Junta de Gobierno

  • Mtro. Ricardo Ruíz Suárez - Secretario de Gobierno de la Ciudad de México
  • Lic. Pablo Vázquez Camacho  - Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
  • Dr. Ulises Lara López - Coordinador General de Investigación Territorial en Ejercicio de la Suplencia de la Persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por Ministerio de Ley
  • Mtro. José Luis Rodríguez Díaz de León - Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México
  • Lic. Juan Gerardo López Hernández - Secretario de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México
  • Dra. Oliva López Arellano - Secretaria de Salud de la Ciudad de México
  • Licda. Rebeca Olivia Sánchez Sandín - Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México
  • Mtra. Luz Elena González Escobar - Secretaria De Administración y Finanzas de la Ciudad de México
  • Mtro. Juan José Serrano Mendoza - Secretario de la Contraloría General de la Ciudad de México
  • Lic. Mateo Mansilla Moya - Integrante del Consejo Consultivo del MPI CDMX


     Invitados permanentes de la Junta de Gobierno

  • Luis Hernández Pérez - Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobierno
  • Dip. Ana Jocelyn Villagrán Villasana - Presidenta de la Comisión de Protección a Periodistas del Congreso de la Ciudad de México
  • Magistrado Rafael Guerra Álvarez - Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
  • Guillermo Fernández Maldonado Castro - Representante de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en México

  • Dra. Nashieli Ramírez Hernández - Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México

  • Lic. Ernesto Alvarado Ruiz - Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas de la Ciudad de México